¿Conoces los cinco pasos para obtener tu certificado de discapacidad? ¡Actualízate!
Primero que todo es importante recordar que: El Certificado de discapacidad es un documento que complementa el registro para la Localización y caracterización de personas con discapacidad RLCPD y facilita el desarrollo de políticas, planes, programas y proyectos en beneficio de la población con discapacidad, así como el acceso a beneficios en lo laboral, educativo, recreativo, económico y social.
Este año, el proceso de certificación y registro ha cambiado. ¡No te desanimes! Estos cambios buscan que sea más sencillo realizar el proceso y acá te contaremos qué debes tener en cuenta. Información actualizada a Marzo de 2021.
Lo primero que debes saber:
• Antes este proceso debía realizarse directamente con la EPS a la que estabas afiliado, ahora, la entidad responsable es directamente la Secretaría de Salud Municipal o Distrital de tu lugar de residencia.
• El proceso de solicitud y registro NO tiene costo.
• Para hacer esta solicitud debes estar afiliado al régimen subsidiado o contributivo.
• Si perteneces a los Regímenes especial y de Excepción, cotizantes o beneficiarias de las siguientes entidades: Fuerzas Militares. Policía Nacional, profesores afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio, debes realizar el procedimiento de certificación de discapacidad directamente con las IPS asignadas por dichas entidades.
PASO A PASO:
Reúne los siguientes documentos:
Copia legible del documento de identificación, historia clínica en la que se especifique tu diagnóstico, tipo de apoyos y ajustes razonables que requieres y copia de exámenes que complementen esa valoración. Si no tienes tu historia clínica o un resumen, solicítala a tu médico tratante indicando la importancia de referir el tipo de apoyos o ajustes razonables que necesitas.
En caso de que requieras que la valoración sea domiciliaria, debes solicitar a tu médico que emita una orden con esta recomendación. NOTA: Esto solo aplica en casos en los que el traslado de la persona sea muy complicado e incluso, imposible.
Acércate a la secretaría de salud de tu municipio o ciudad con los documentos del paso 1 y solicita una orden para valoración para certificación de discapacidad y RLCPD (Registro para la Localización y Caracterización de Personas Con Discapacidad). Para facilitar el proceso, puedes hacer una carta en la que se especifique la solicitud y los siguientes datos:
- Nombre completo y número de identificación del paciente.
- Dos (2) Teléfonos de contacto.
- Correo electrónico de contacto.
IMPORTANTE: REGISTRAR INFORMACIÓN DE CONTACTO ACTUALIZADA
NOTA: Consulta si en tu ciudad o municipio se solicitan documentos adicionales como copia de un recibo público o certificado de residencia; también es importante que revises si se han habilitado canales virtuales para hacer este trámite. Por ejemplo, en Bogotá, como respuesta frente a las medidas de aislamiento, se habilitó un canal virtual que puedes conocer aquí: https://guiatramitesyservicios.bogota.gov.co/tramite-servicio/inscripcion-en-el-registro-para-la-localizacion-y-caracterizacion-de-las-personas-con-discapacidad/
Una vez radiques los documentos, la secretaría de salud verificará el cumplimiento de los requisitos y dentro de los 5 días hábiles siguientes expedirá una orden en la que se indique la IPS o grupo de IPS autorizadas en el territorio, así como sus datos de contacto.
https://www.sportpower2.org/wp-content/uploads/2020/12/presentacion-resolucion-113-de-2020.pdf
La IPS seleccionada tendrá diez (10) días hábiles para asignar la cita de valoración por el equipo multidisciplinario, en caso de que no se cumpla este tiempo puedes interponer una solicitud y/o petición frente a la Secretaría de Salud. Posteriormente se hará entrega de una copia del certificado de discapacidad y sus resultados serán incluidos en el RLCPCD (Registro para la Localización y Caracterización de Personas Con Discapacidad); el documento original será archivado con la historia clínica.
Si no estás de acuerdo con el resultado del proceso puedes solicitar una segunda opinión dentro de los 10 días hábiles siguientes a la valoración. Luego, la secretaria de salud expedirá una orden para realizar un nuevo procedimiento.
Para terminar, te dejamos un listado de las resoluciones en las que se dictan las disposiciones relacionadas con el certificado discapacidad y el RLCPCD (Registro para la Localización y Caracterización de Personas Con Discapacidad):
- Resolución No. 113 de enero 31 de 2020 : https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci%C3%B3n%20No.%20113%20de%202020.pdf
- Resolución No. 1043 de junio 24 de 2020: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/resolucion-1043-de-2020.pdf
- Resolución No. 1516 del 1 septiembre de 2020: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/resolucion-1516-de-2020.pdf
Si quieres conocer más generalidades sobre el certificado de discapacidad puedes ver el siguiente video:
SportPower2 es un proyecto desarrollado por la Fundación Arcángeles y auspiciado por la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional-USAID vinculando directamente personas con discapacidad (PcD) prioritariamente víctimas del conflicto y mujeres, para que a través de la práctica de actividades lúdicas y deportivas mejoren su calidad de vida e incrementen sus oportunidades sociales y laborales.
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